Si ha alcanzado la plena edad de jubilación, pero aún no tiene 70 años, puede pedirnos que suspendamos sus pagos de beneficios por jubilación. Al hacer esto, obtendrá créditos por jubilación aplazados por cada mes que se suspendan sus beneficios, lo que resultará en un pago de beneficios más alto para usted.
Antes de hacer una solicitud para suspender sus beneficios, tenga en cuenta que:
- Si solicita beneficios y aún no hemos determinado que tiene derecho, puede suspender voluntariamente los beneficios por cualquier mes por el cual no haya recibido un pago.
- Si ya tiene derecho a los beneficios, puede suspender voluntariamente los pagos de beneficios por jubilación hasta los 70 años. Sus beneficios se suspenderán comenzando con el mes después de que lo solicite.
- Pagamos los beneficios de Seguro Social en el mes después que se deben. Si se comunica con nosotros en junio y solicita que suspendamos los beneficios, todavía recibirá su pago de beneficios de junio en julio.
- No tiene que firmar su solicitud para suspender los pagos de beneficios. Puede pedírnoslo oralmente o por escrito.
- Si el pago de sus beneficios ha sido suspendido, cuando cumpla los 70 años comenzará a recibirlos automáticamente.
- Si cambia de parecer y quiere comenzar a recibir el pago de sus beneficios antes de que cumpla los 70 años, simplemente háganos saber cuándo desea que se restituyan sus beneficios.
- La suspensión voluntaria comienza el mes siguiente al mes en que lo solicito y no antes. Podemos aceptar solicitudes por anticipadas de suspensión voluntaria; sin embargo, la suspensión no puede comenzar antes de:
- El mes que le sigue al mes de su solicitud
- Su plena edad de jubilación
- El mes en que obtiene derecho a los beneficios (solo para reclamaciones iniciales).
- Si suspende voluntariamente su beneficio por jubilación y tiene otras personas que reciben beneficios en su registro, no podrán recibir beneficios durante el mismo período en que se suspenden sus beneficios. Sin embargo, un cónyuge divorciado podrá continuar recibiendo beneficios.
- Si usted voluntariamente suspende su beneficio por jubilación, cualquier beneficio que reciba bajo el registro de otra persona también serán suspendidos. Sus primas de Medicare Parte B no pueden ser deducidos de sus beneficios suspendidos.
- Si usted voluntariamente pide la suspensión de beneficios, solo permitiremos la restitución de los beneficios el mes que le sigue al mes de su solicitud.
Para obtener más información sobre la suspensión voluntaria, lea las Reglas de solicitudes para beneficios por jubilación y para cónyuges.
Antes de tomar su decisión
Si suspende sus beneficios por jubilación:
- Los Centers for Medicare & Medicaid Services (CMS, por sus siglas en inglés) (Centros de Servicios de Medicare y Medicaid, solo disponible en inglés), le facturarán las primas futuras de la Parte B, si está inscrito en Medicare Parte B (seguro médico suplementario).
Estas primas no se pueden deducir de sus beneficios por jubilación suspendidos, ni de los beneficios suspendidos de su cónyuge o excónyuge. Si no paga las primas a tiempo, puede perder su cobertura de Medicare Parte B. (Tendrá la opción de pagar automáticamente la factura desde una cuenta de su banco o institución financiera).
- Si también recibe beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés), suspender sus beneficios por jubilación lo hará que no tenga su derecho a recibir SSI.